Patent Box

Continuando con la difusión de las políticas de fomento de la innovación empresarial, como elemento clave de competitividad, el IIE plantea una aproximación al concepto de Patent Box. Esta medida fiscal, incipiente en España, que supera el concepto de patente al que su nombre podría asociarse, pretende que las empresas incorporen la cultura de la innovación a su estrategia empresarial.

A partir de la directiva europea “Interest & Royalty” (2003/49/EC) el art. 50bis de la LITL (Luxembourg Income Tax Law) desarrolla, desde enero de 2008, una exención parcial de los ingresos netos derivados de algunos derechos de propiedad industrial como patentes, dibujos, modelos industriales, fórmulas, procedimientos, etc. Este régimen, que supone un gran ahorro fiscal para las compañías y es compatible con las deducciones fiscales por actividades de I+D+i, ha sido adoptado por diversos países europeos, entre ellos, España.

El incentivo, regulado por el artículo 23 del Texto Refundido del Impuesto sobre Sociedades, permite a las empresas minorar en un 50% de los ingresos procedentes de la cesión de determinados activos intangibles creados por su empresa. El concepto de Patent Box requiere cierta aproximación, delimitando su ámbito de aplicación y procedimientos que ayuden a su medición.

Este concepto fiscal se aplica a los siguientes activos intangibles: Patentes; Dibujos o modelos; Planos; Fórmulas o procedimientos secretos; Derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.

Para avanzar en el conocimiento y aplicación de este instrumento se celebró el pasado 1 de marzo de 2012 esta jornada, en la que se abordó el asunto.

FUENTE: Instituto de la Ingeniería de España

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