El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco autoriza a los ingenieros a hacer inspecciones técnicas de edificios en Euskadi

Comienza el fin del debate surgido alrededor del Decreto 117/2018 en el País Vasco. La Autoridad de la Competencia Vasca llevó a juicio la modificación del Decreto implantado en 2018, al considerar la institución dependiente de la Consejería de Hacienda del Ejecutivo vasco que el artículo 10 y el Apartado 1º del Anexo I del citado Decreto eran disconformes a derecho.

Pero, ¿a qué nos referimos con Decreto 117/2018? Bien, esta directriz tiene por objeto la regulación de los criterios y requisitos que debe cumplir la inspección técnica de los edificios de uso predominantemente residencial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, contribuyendo así a garantizar el derecho de las personas a disfrutar de una vivienda digna, adecuada y accesible. La gran polémica surge, en su mayoría, por el artículo 10. En él se hace referencia a que solo las personas que tengan las titulaciones habilitantes relacionadas con la edificación podrían realizar las ITE (inspecciones técnicas de edificios).

Fue por esto que la ACV intervino y solicitó al TSJPV que revisara esta medida, ya que alegaban que este artículo dejaba sin posibilidades a otros profesionales habilitados que también podrían realizar a la perfección la inspección que se debiera dar en un momento determinado. La ACV «considera que restringe de forma severa la competencia efectiva en el mercado de estos servicios profesionales y no resulta necesaria ni proporcional ya que deja fuera a profesionales capacitados para la prestación de estos servicios». Ahora, es la máxima representación de la justicia de la comunidad vasca la que avala esta cuestión. 

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Autoridad Vasca de la Competencia (LEA/AVC). La decisión del TSJPV abre la posibilidad de que otros profesionales capacitados, como ingenieros o ingenieros técnicos, puedan realizar el servicio de inspección técnica de edificios en Euskadi.

«LEA/AVC entiende que la consecución de las condiciones de seguridad, habitabilidad y confort de los edificios queda suficientemente garantizada con la realización de las ITEs por parte de técnicos habilitados para la realización de proyectos constructivos, dirección de obra y dirección de ejecución de obra, en caso de edificios con usos distintos a los de administrativo, sanitario, religioso, residencial en todas sus formas, docente y cultural. Esto abre la posibilidad de que otros profesionales capacitados, como ingenieros, ingenieros técnicos, etc., puedan realizar el servicio de inspección técnica de edificios rompiendo así la reserva de actividad existente actualmente en favor de arquitectos y arquitectos técnicos, lo que generará mayor competencia en el sector redundando en beneficio de la ciudadanía».

En contra de dicha resolución, el TSJPV ha admitido la posibilidad de imponer un recurso de casación en el plazo de 30 días.

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